FACUA Sevilla pide explicaciones a Viajes El Corte Inglés tras su oferta de sillas para Semana Santa en carrera oficial

La asociación desconoce cómo esta agencia dispone de abonos que solo distribuye el Consejo de Cofradías de la capital andaluza.

 

Qualy

FACUA Sevilla pide explicaciones tanto a Viajes El Corte Inglés como al Consejo de Hermandades y Cofradías tras la promoción de la agencia que incluía “silla en la carrera oficial” en una oferta para viajar a la ciudad hispalense en Semana Santa.

Concretamente, la propuesta consistía en un viaje organizado de 4 días y 3 noches “para mayores” con tren, traslados y visitas, alojamiento en hotel de 4 estrellas y la oportunidad de disfrutar de la Madrugá, probablemente la noche más intensa y esperada de la Semana Santa sevillana, sentado en una silla en plena Carrera Oficial, el recorrido obligado que han de realizar todas las cofradías que participan en la procesión de penitencia durante esta festividad.

Tras hacerse pública esta oferta a través de distintos medios de comunicación y generar un debate en la ciudad respecto al modo en que la agencia Viajes El Corte Inglés había podido adquirir las sillas referidas, desde la empresa retiraron la oferta.

El Reglamento de Uso de Sillas y Palco del Consejo General de Hermandades y Cofradías de Sevilla, concretamente en su artículo 14.3: “Queda prohibida, de manera expresa, la cesión o transmisión del derecho de adquisición preferente a cualquier persona física o jurídica, a título oneroso o gratuito. El incumplimiento de esta prohibición será sancionado con la pérdida total del derecho de uso o adquisición preferente de las sillas o palco por parte de su titular, con la excepción de lo establecido en el apartado anterior“.

Así, FACUA Sevilla entiende que Viajes El Corte Inglés está vendiendo a través de su oferta publicitaria un producto cuya venta resulta “prohibida” de acuerdo a dicho reglamento.

 

Qué dice la ley

La asociación entiende que la actuación por parte de esta agencia vulnera lo establecido en el artículo 20.1b del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias: “Las características esenciales del bien o servicio de una forma adecuada a su naturaleza y al medio de comunicación utilizado”, incurriendo, por ende, en una práctica comercial desleal, entendido comoafirmar o crear por otro medio la impresión de que un bien o servicio puede ser comercializado legalmente no siendo cierto“, según lo establecido en el artículo 23 .1 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.

A su vez, considera que esta conducta debe ser calificada como una conducta infractora en materia de consumo, en virtud de lo regulado en el artículo 47. m): El uso de prácticas comerciales desleales con los consumidores o usuarios“.

Por tanto, FACUA Sevilla exige a Viajes El Corte Inglés y al Consejo General de Hermandades y Cofradías que ofrezca una aclaración de los hechos, así como que indiquen de forma clara el origen de la existencia de las posibles concesiones obtenidas por la empresa.

 

Fotografía: Los palcos de la carrera oficial de la Semana Santa en la Pza. de San Francisco.

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