Se acaba el tiempo: el 30 de junio es el último día para presentar tu declaración de IRPF… salvo si te toca pagar y quieres domiciliar el pago, pues en ese caso el plazo acaba el 27 de junio. Si aún no lo has hecho, no te descuides: incumplir el plazo puede salir caro.
Debes presentar la declaración antes del 30 de junio
Quedan pocos días para que finalice el plazo para presentar tu declaración. El 30 de junio acaba el plazo para presentar la declaración de IRPF del ejercicio 2022, tanto si te toca pagar, como si te devuelve Hacienda.
Declaraciones a ingresar ante la AEAT
Si tu declaración sale a ingresar y quieres domiciliar el pago, el último día es el 27 de junio.
Si presentas la declaración hasta el 27 de junio, en RentaWeb aparecerá como opción de pago por defecto el fraccionamiento del pago en dos plazos con la domiciliación de ambos pagos.
Si no quieres fraccionar, el banco cargará el 30 de junio el importe total en tu cuenta (asegúrate de tener suficiente saldo para ese día).
Si has decidido fraccionar el pago, te cargarán el primer plazo, que supone el 60% del importe a pagar el 30 de Junio. Recuerda que el segundo plazo, por el 40% restante, se cargará en tu cuenta el 6 de noviembre (no olvides tener suficiente saldo en ambas fechas).
Si es a ingresar y la presentas después del 27 de junio
Quien presente la declaración a ingresar después de esa fecha con RentaWeb, ya no podrá domiciliar el pago y deberá realizarlo como paso previo a la presentación de la declaración, para así obtener el NRC (Número de Referencia Completo) necesario para poder presentarla.
Si seleccionas «Pago electrónico» se habilitarán distintas opciones para realizar el ingreso e incorporar el NRC:
«Pago con cargo en cuenta»: requiere Cl@ve PIN, certificado o DNI electrónico. Realizado el ingreso y trasladado el NRC a Renta Web, debes finalizar la presentación de la declaración.
«Pago con tarjeta de crédito/débito»: también precisa Cl@ve PIN, certificado o DNI electrónico. Después de pagar y trasladado el NRC a Renta Web, debes finalizar la presentación.
«Introducir un NRC de un pago ya realizado»: Si no dispones de Cl@ve PIN ni certificado o DNI electrónico primero deberás realizar el pago en tu entidad financiera para obtener el NCR y después seleccionando esta opción debes proceder a la presentación de la declaración.
La otra opción es elegir «Documento para ingresar en Banco/Caja». Al elegir esa opción debes continuar los pasos para presentar la declaración. Completados los pasos, la declaración quedará presentada telemáticamente pero pendiente de pago. Posteriormente deberás acudir a cualquiera de las entidades financiera colaboradora de la AEAT y hacer el ingreso, presentando la carta de pago que Renta Web genera en el PDF de presentación de la declaración.
¿Lo has dejado para el final?
Millones de declaraciones ya han sido presentadas, y muchos contribuyentes ya han recibido su devolución. Y tú… ¿aún no has ajustado tus cuentas con Hacienda? Nuestra recomendación es que presentes la declaración cuanto antes: si te sale a devolver puede que recibas tu dinero en un plazo aproximado de dos semanas y si el resultado es a ingresar, presentar antes la declaración no supone adelantar el pago.
Pasarse de plazo sale caro
Es importante respetar los plazos: presentar la declaración de la Renta fuera de las fechas previstas se traducirá en sanciones, en el caso de las declaraciones a devolver, o recargos, en las declaraciones a ingresar. Por eso nuestro consejo es que no apures hasta el final:
- En las declaraciones a ingresar, se pagará un recargo que será del 1% del importe, más un 1% adicional por cada mes completo de retraso desde el fin del plazo y siempre que no haya requerimiento previo por parte de Hacienda. Por ejemplo: si te demoras y presentas la declaración el 5 de septiembre, te aplicarán un recargo del 3%. Este nuevo sistema se aplica en los retrasos de hasta 12 meses: a partir de ese plazo, el recargo será del 15% más los intereses de demora correspondientes.
- Presentar la declaración a devolver fuera de plazo (sin requerimiento previo) implica también una sanción: 100 euros, que se reducen a 75 si no se recurre y se paga en periodo voluntario.
En todo caso, a pesar de las prisas, procura no cometer errores: antes de presentar declaración del IRPF, confirma que todos los datos son correctos.
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